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Falta de mecanismos de queja y reparación son el principal obstáculo para el cumplimiento de Los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos

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El principal obstáculo para el cumplimiento de Los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos es la falta de mecanismos de queja y reparación, por parte de los Estados y empresas, respecto a garantizar el derecho al Consentimiento Previo Libre e Informado y la compensación por los daños causados por las actividades extractivas en territorios de los pueblos indígenas.

Esta es una de las conclusiones del estudio realizado por el Grupo Internacional de Trabajo sobre Asuntos Indígenas – IWGIA, sobre la implementación de los principios rectores.

Las conclusiones de la publicación “Los Principios Rectores de la ONU sobre Empresas y Derechos Humanos y los Pueblos Indígenas – Avances logrados, la brecha de la implementación y desafíos para la próxima década”, fueron presentados por la investigadora Lola García-Alix, miembro de IWGIA.

García-Alix, señaló que según el estudio, una década después de que se adoptaran los principios rectores, los pueblos indígenas son los más afectados en sus derechos, principalmente en lo que se refiere a sus derechos territoriales.

Según explicó, no se cumplieron las expectativas que los principios rectores contribuyeran en el respeto y garantizar los derechos de los pueblos indígenas, se debe a que su interpretación no se basó lo establecido en la Declaración de las Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, ni en el Convenio 169 de la OIT.

Tampoco se ha tomado la jurisprudencia de los mecanismos de los organismos regionales o la ONU, por lo que las empresas no adoptan medidas a fin de evitar afectar los derechos de los pueblos. Asimismo, ni Estados, ni empresas garantizan acceso a mecanismos de reparación efectiva para evitar la vulneración de derechos o compensación por las afectaciones causadas por las actividades empresariales.

Lola García-Alix agregó que los próximos diez años exigen un mayor compromiso de parte de las empresas, de los Estados y las partes interesadas, para garantizar el respeto de los derechos al consentimiento libre e informado, a la libre determinación, al acceso a la justicia y la reparación por los daños causados a consecuencia de las actividades empresariales dentro de los territorios de los pueblos indígenas.

Las conclusiones fueron presentadas en el marco del Seminario “Los Pueblos Indígenas y los Principios Rectores de la ONU sobre empresas y derechos humanos”, organizado por el Foro Indígena de Abya Yala (FIAY), la Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas (CAOI) y la Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC); como preparación para el VII Foro Regional sobre Empresas y Derechos Humanos para América Latina y el Caribe, que este año se celebrará en Bogotá, Colombia, del 13 al 15 de julio.

El estudio completo pueden descargarlo del siguiente enlace https://www.iwgia.org/es/recursos/publicaciones/4429-ungp-10-es.html

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